«BECAS DE TRANSPORTE PARA BACHILLERATO Y FP»
En el DOE de 3 de febrero se ha publicado la RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2019/2020.
Beneficiarios.
- Tendrá la consideración de beneficiario el alumnado matriculado en enseñanzas postobligatorias no universitarias en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuya solicitud sea seleccionada por la Consejería de Educación y Empleo, de acuerdo con los requisitos y condiciones previstos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria.
- No podrán tener la condición de beneficiarios quienes se encuentren en algunas de las circunstancias previstas en los apartados segundo y tercero del artículo 12 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en su caso, incumplan los requisitos derivados de la naturaleza de la ayuda previstos en las bases reguladoras.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución y del extracto de la misma previsto en el artículo 20 8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.